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Un error de la Agencia Tributaria en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) podría hacer que distintos jubilados recibieran una cantidad cercana a los 4.000 euros. En concreto, afecta a aquellos trabajadores que cotizaron la Mutualidad Laboral de Banca hasta 1978, lo que supone la devolución del importe que tributaron de más.
Fue el pasado mes de febrero cuando el Tribunal Supremo dictó una sentencia sobre el IRPF y los mutualistas, donde se cambió el criterio de la Agencia Tributaria y se reconoció el derecho a disfrutar de una reducción fiscal del 100% a a quellos pensionistas que cotizaron en la Mutualidad Laboral de Banca hasta el 31 de diciembre de 1966.
Del 25% se aprovecharán aquellos que cotizaron entre enero de 1967 y 31 de diciembre de 1978. Según Vento Abogados, la sentencia se extiende al resto de mutualidades con las mismas características, donde se encuentran trabajadores en siderurgia, pesca, artilleros o construcción.
Clara Alfonso
Por tanto, los trabajadores que perciban la pensión por jubilación y en su momento cotizaran en una Mutualidad Laboral antes de 1978 podrían recibir una devolución del IRPF que podría llegar a los 4.000 euros. Esta cantidad dependerá de distintos factores, como el tiempo de cotización y la vida laboral.
Para realizar la reclamación es necesario que los pensionistas presenten una rectificación de la autoliquidación del IRPF por los años no prescritos, es decir, las declaraciones de la renta de los últimos cuatro años, ya que las que son a partir del cuarto ya han prescrito. Además, serán necesarios los siguientes documentos:
-Un informe de vida laboral
-Los modelos 100 del IRPF de los años recurridos.
-El certificado de empresa donde se desarrolló la actividad laboral.
-El número de cuenta bancaria donde el beneficiario recibirá la devolución
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